5 RESPUESTAS para saber si puedes reclamar tu PLUVALÍA MUNICIPAL
Nuestro Tribunal Constitucional acaba de declarar que la Plusvalía Municipal es INCONSTITUCIONAL en los casos de pérdida patrimonial, en la reciente sentencia
http://cd00.epimg.net/descargables/2017/02/17/ee6cc8cdacaa8dde3ce00bdd47dce533.pdf.
Y es que nuestra Carta Magna establece que solo se deberán pagar impuestos en los casos en que se pongan de manifiesto ingresos económicos suficientes para pagarlos, así lo establece el artículo 31 CE, que señala que “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”.
Los Ayuntamientos, durante toda la crisis inmobiliaria, han estado recaudando el IIVTNU (Plusvalía Municipal), sin piedad y sin tener en cuenta esta norma suprema.
Es por ello que aquí os facilitamos las claves para iniciar los trámites de reclamación si sois afectados.
1.-¿Qué plusvalías se pueden reclamar?
Aquellas en las que la venta se produzca con una pérdida patrimonial, es decir aquellas en las que el valor de transmisión haya sido realizado por un importe inferior al de la adquisición.
2.-¿Qué tiempo tengo para reclamar?
Podré reclamar aquellas Plusvalías que hayan sido abonadas en los últimos cuatro años.
3.-¿Qué proceso se debe seguir?
Se debe iniciar un procedimiento especial de Devolución de Ingresos Indebidos (LGT 221), ante el propio Ayuntamiento que haya recaudado el impuesto.
4.- ¿Qué riesgo corro?
Hay dos situaciones:
- Aquellos que ya han pagado el impuesto: En cuyo caso no se correría riesgo alguno en dicha petición.
- Aquellos que tengan que abonarla en los próximos meses: En este caso habría que analizar la circunstancia concreta, pudiendo valorar opciones como el aplazamiento.
5.- ¿Qué tiempo tiene la Administración para atender mi solicitud?
La Administración tiene el plazo de seis meses para resolver, pasado dicho plazo sin contestación se entenderá denegada la devolución y habría que iniciar la vía de recursos.
Una vez más nuestros tribunales nos protegen frente a la voracidad recaudatoria de algunas Administraciones Públicas, aunque para conseguirlo dependemos de valientes que asuman los riesgos de litigar contra la Administración.
En Forumlex XXI ya estamos trabajando con multitud de clientes por toda España para que puedan reclamar la devolución de aquellas cuantías injustamente cobradas por sus respectivos ayuntamientos en concepto de Plusvalía Municipal. Póngase en contacto con nosotros y rápidamente empezaremos las tramitaciones para exigir la devolución de su dinero.
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