Nuevamente la Sección Octava de la APr. de Madrid nos da la razón y se muestra contundente con la comercialización de las acciones de Bankia:
«…es claramente diferente que al comprar una acción se acepte el riesgo de oscilación de la cotización y otra distinta que se elabore el folleto informativo con datos que finalmente resultan erróneos y proyectando una imagen que claramente no se correspondía con la realidad…»
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